quinta-feira, 18 de junho de 2009

Chile ratifica estatuto de Roma y reconoce competencia de CPI

Chile se unió a los 108 Estados que han aceptado hasta el presente la competencia de la Corte para investigar y juzgar genocidio, crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra cometidos después de la entrada en vigor del Estatuto para cada Estado parte.

18 junio 2009/TeleSUR http://www.telesurtv.net

La ONG Amnistía Internacional (AI) saludó este jueves la ratificación por parte de Chile del Estatuto de Roma, tras la aprobación de la ley que autoriza el reconocimiento de la competencia de la Corte Penal Internacional (CPI), al tiempo que resaltó que con esta acción, este país "da un gran paso al futuro, pero no salda su deuda con el pasado".

A través de un comunicado, la ONG expresó que aunque la CPI no tiene jurisdicción para investigar o juzgar los crímenes cometidos en Chile durante el periodo de gobierno militar (entre 1973 y 1990), el reconocimiento de su competencia para casos de genocidio, crímenes de lesa humanidad o crímenes de guerra que pudieran ser cometidos en el futuro "es, sin duda, un paso positivo que envía una señal clara de rechazo a la impunidad".

La Cámara de Diputados de Chile aprobó el pasado miércoles el Acta de Ratificación del Estatuto de Roma con 79 votos a favor, 9 en contra y una abstención.

Tras esta ratificación, la presidenta chilena, Michelle Bachelet, deberá promulgar la ley y depositar el instrumento de ratificación ante la secretaría general de las Naciones Unidas.

Al respecto, Susan Lee, Directora de las Américas de Amnistía Internacional, expresó que "el reconocimiento de la competencia de la Corte no debe hacer olvidar que en Chile aún perdura una ley de amnistía para crímenes atroces que el derecho internacional obliga a investigar y a sancionar".

Amnistía subraya que con la aprobación de la ley que autoriza el reconocimiento de la competencia de esta Corte se "envía una señal clara de rechazo a la impunidad", pero pide que no se olviden de la necesidad de investigar y juzgar las atrocidades del pasado.

Amnistía señala que "se ha interpretado con frecuencia que la vigencia de la 'ley de amnistía' (Decreto Ley 2191/78) no constituye un obstáculo para la investigación y sanción" de los crímenes cometidos durante la época de la dictadura de Augusto Pinochet.

No obstante, argumenta esta organización, "la jurisprudencia de los tribunales chilenos ha consagrado en ciertas ocasiones la prescripción de crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra cometidos en el marco de un conflicto armado de carácter no internacional".

"Los tribunales también han impuesto en algunas ocasiones sanciones que no concuerdan con la gravedad de los crímenes perpetrados", señala AI.

Lee recalca que "la prescripción de los crímenes de derecho internacional como la tortura, la desaparición forzada de personas y las ejecuciones extrajudiciales y también de las acciones civiles de reparación viola las obligaciones que el derecho internacional impone a Chile".

Amnistía termina pidiendo al Gobierno de Michelle Bachelet que investigue imparcialmente y castigue las violaciones de los derechos humanos cometidas en el pasado, que derogue la "ley de amnistía" y que consagre en su legislación la imprescriptibilidad de los crímenes de derecho internacional y de las acciones de reparación.

El Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional fue adoptado en Roma el 17 de Julio de 1998.

Ciento ocho Estados han aceptado hasta el presente la competencia de la Corte para investigar y juzgar genocidio, crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra cometidos después de la entrada en vigor del Estatuto para cada Estado parte y, en todo caso, no antes del 1 de julio de 2002.

Según el Estatuto, la Corte Penal Internacional tendrá competencia cuando un Estado parte no pueda adecuadamente o no quiera ejercer su propia jurisdicción penal con relación a los crímenes citados, sea que fueran cometidos en su territorio o por sus nacionales en el territorio de otros estados, incluyendo el territorio de estados no parte en el Estatuto de Roma.

También, el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas puede referir al conocimiento de la Corte Penal Internacional una situación sobre un Estado Parte o no parte en la que considere que podrían estarse cometiendo o haberse cometido crímenes de competencia de la Corte.

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